SRI Declara la Extinción de Deudas Tributarias Menores a 1 SBU
El Servicio de Rentas Internas (SRI), a través de la Resolución No. DZ7-DZOREXC25-00000008, ha declarado la extinción masiva de obligaciones tributarias que no superen un (1) Salario Básico Unificado (SBU) y que hayan prescrito hasta la fecha de emisión del documento (30 de junio de 2025). Esta medida aplica exclusivamente a contribuyentes de la Zona 7, que abarca las provincias de El Oro, Loja y Zamora Chinchipe.
La resolución abarca tributos como anticipos del impuesto a la renta, resoluciones sancionatorias, valores pendientes por conceptos de CEP’s (comprobantes electrónicos pendientes), y débitos rechazados. Según lo dispuesto por el artículo innumerado agregado al Código Tributario tras la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico post-COVID-19, estas obligaciones se consideran incobrables por su bajo valor y antigüedad, y por lo tanto se extinguen sin necesidad de iniciar o continuar acciones coactivas.
¿Qué significa esto para los contribuyentes?
- Se eliminan del sistema las deudas antiguas de bajo valor, aliviando la carga administrativa y financiera de pequeños contribuyentes y empresas inactivas.
- No será necesario realizar ningún trámite para beneficiarse de esta extinción si se encuentra dentro del listado oficial emitido por el SRI.
- Las obligaciones extinguidas no generan consecuencias tributarias negativas ni sanciones futuras.
Base Legal: Resolución Nro. Z7-DZOREXC25-00000008 – 30 de junio de 2025